{"id":656,"date":"2025-07-29T10:14:52","date_gmt":"2025-07-29T15:14:52","guid":{"rendered":"https:\/\/quarta.co\/?post_type=blog&#038;p=656"},"modified":"2025-07-29T10:39:03","modified_gmt":"2025-07-29T15:39:03","slug":"reforma-laboral","status":"publish","type":"blog","link":"https:\/\/quarta.co\/en\/blog\/reforma-laboral\/","title":{"rendered":"REFORMA LABORAL"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 cambios sustanciales trajo?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><mark style=\"background-color:rgba(0, 0, 0, 0)\" class=\"has-inline-color has-black-color\">Modalidades de Contrataci\u00f3n:<\/mark><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por regla general los contratos de trabajo ser\u00e1n a t\u00e9rmino indefinido, podr\u00e1n suscribirse trabajos a t\u00e9rmino fijo para la ejecuci\u00f3n de actividades ocasionales, accidentales, o transitorias; as\u00ed como tambi\u00e9n podr\u00e1n suscribirse contratos por obra o labor.<br><\/p>\n\n\n\n<p>El contrato a t\u00e9rmino fijo trajo consigo algunas redefiniciones. Ahora, esta modalidad de contrataci\u00f3n podr\u00e1 celebrarse hasta por un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de cuatro (4) a\u00f1os y deber\u00e1 celebrarse por escrito. En caso de no cumplir con estos requisitos se entender\u00e1 que el contrato fue celebrado a t\u00e9rmino indefinido desde el inicio de la relaci\u00f3n laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta formalidad aplica igualmente para el contrato por obra o labor y en<br>caso de no cumplirse se entender\u00e1 igualmente que el contrato fue celebrado a t\u00e9rmino indefinido.<\/p>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, el contrato a t\u00e9rmino fijo no podr\u00e1 renovarse indefinidamente; solo podr\u00e1n considerarse los siguientes tipos de pr\u00f3rrogas:<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>1. Pr\u00f3rroga pactada:<\/strong> cuando el contrato se celebre por un t\u00e9rmino inferior a un (1) a\u00f1o, las partes mediante acuerdo escrito, podr\u00e1n prorrogar el n\u00famero de veces que estimen conveniente; despu\u00e9s de la cuarta pr\u00f3rroga, el contrato no podr\u00e1 renovarse por un periodo inferior a un (1) a\u00f1o. En ning\u00fan caso podr\u00e1 superar el t\u00e9rmino m\u00e1ximo de cuatro (4) a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Para los contratos a t\u00e9rmino fijo vigentes, este l\u00edmite de pr\u00f3rroga se<br>contabilizar\u00e1 a partir de la entrada en vigencia de esta Ley.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2. Pr\u00f3rroga autom\u00e1tica:<\/strong> si con treinta (30) d\u00edas de antelaci\u00f3n al vencimiento del plazo pactado, ninguna de las partes manifiesta su intenci\u00f3n de terminar la relaci\u00f3n laboral, el contrato se entender\u00e1 renovado por un t\u00e9rmino igual al inicialmente pactado o al de su vigencia original, seg\u00fan sea el caso, esto sin que pueda superar el l\u00edmite m\u00e1ximo de cuatro (4) a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Para los contratos celebrados por un t\u00e9rmino inferior a un (1) a\u00f1o, aplicar\u00e1<br>esta misma regla, pero la cuarta pr\u00f3rroga autom\u00e1tica ser\u00e1 por un per\u00edodo de un (1) a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>AJUSTE EN LA JORNADA LABORAL Y ELIMINACI\u00d3N DEL PERMISO PARA LABORAR HORAS EXTRA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La jornada laboral se entender\u00e1 as\u00ed:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Trabajo diurno<\/strong> el que se realiza entre las 6:00 am y las 7:00pm.<br><strong>Trabajo nocturno<\/strong> el que se realiza entre las 7:00pm y las 6:00 am del d\u00eda siguiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto implica que el recargo nocturno empezar\u00e1 desde las 7:00pm y no desde las 9:00pm como es actualmente, despu\u00e9s de esta hora el empleador reconocer\u00e1 un recargo del 35%. Este cambio en la jornada laboral entrar\u00e1 en vigencia seis meses despu\u00e9s de la sanci\u00f3n de la Ley.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al permiso para laborar horas extras no ser\u00e1 necesario solicitar al Ministerio del Trabajo. Sin embargo, cuando se acredite que el empleador no remunera el tiempo suplementario, el Ministerio del Trabajo podr\u00e1 imponer una sanci\u00f3n a dicho empleador consistente en suspender la facultad de autorizar que se trabaje horas extras por un t\u00e9rmino de seis (6) meses m\u00e1s las sanciones monetarias a que haya lugar, a discreci\u00f3n del Ministerio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ELEMENTOS ESENCIANLES DEL DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El empleador debe actualizar su Reglamento Interno de Trabajo dentro de los de (12) meses siguientes a la entrada de vigencia de la Ley y su Proceso Disciplinario deber\u00e1 agotar lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Comunicaci\u00f3n formal de la apertura del proceso.<\/li>\n\n\n\n<li>Indicaci\u00f3n de hechos, conductas u omisiones que motivan el proceso, por escrito.<\/li>\n\n\n\n<li>El traslado al trabajador de cada unas de las pruebas.<\/li>\n\n\n\n<li>Una vez corra el traslado, el trabajador cuenta con un t\u00e9rmino que no podr\u00e1 ser inferior a cinco (5) d\u00edas para que surta su defensa.<\/li>\n\n\n\n<li>Agotado la defensa del trabajador, el empleador dar\u00e1 una decisi\u00f3n la cual debe ser motivada y fundamentada.<\/li>\n\n\n\n<li>La imposici\u00f3n de determinada sanci\u00f3n debe cumplir el principio de proporcionalidad.<\/li>\n\n\n\n<li>Queda para el trabajador la posibilidad de impugnar la decisi\u00f3n tomada por su empleador.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>REMUNERACI\u00d3N OBLIGATORIA. En d\u00edas de descanso<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>El recargo por trabajo en d\u00eda de descanso o en d\u00edas de fiesta ser\u00e1 del 100%. Esto sin perjuicio del salario ordinario del trabajador por haber laborado la semana completa.<\/p>\n\n\n\n<p>Las partes podr\u00e1n acordar un d\u00eda de descanso distinto al domingo y en caso de no dejar el acuerdo expreso en el contrato u otros\u00ed, se entender\u00e1 como d\u00eda de descanso obligatorio el domingo.<br><strong>Nota<\/strong>: este ajuste en la remuneraci\u00f3n tendr\u00e1 una implementaci\u00f3n gradual una vez entre en vigencia la Ley.<br>A partir del primero de julio de 2025, el recargo incrementar\u00e1 a 80%<br>A partir del primero de julio de 2026, el recargo incrementar\u00e1 a 90%<br>A partir del primero de julio de 2027, se dar\u00e1 plena aplicaci\u00f3n al recargo y ser\u00e1 del 100%<\/p>\n\n\n\n<p><strong>JORNADA FLEXIBLE. Para trabajadores con familiares a cargo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para el trabajador que tenga responsabilidades de cuidado (personas mayores, hijos menores, discapacitados, enfermedades cr\u00f3nicas, graves y\/o terminales) de personas dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero y segundo civil, o que la persona dependa<br>exclusivamente del cuidador por no tener m\u00e1s familiares, podr\u00e1 acordar una jornada flexible o modalidades de teletrabajo con su empleador.<br><\/p>\n\n\n\n<p>El empleador evaluar\u00e1 la solicitud y estar\u00e1 obligado a otorgar una respuesta motivada dentro de un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de quinces (15) d\u00edas h\u00e1biles, en caso de ser aceptada debe indicar la distribuci\u00f3n de la jornada y en caso de ser negada la solicitud deber\u00e1 brindar una propuesta alternativa al trabajador.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>OBLIGACI\u00d3N DE CONTRATAR. Trabajadores con discapacidad.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas que cuenten con hasta 500 trabajadores deber\u00e1n contratar o mantener los contratos, seg\u00fan corresponda, al menos de dos (2) trabajadores con discapacidad por cada 100 trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de 501 trabajadores en adelante, deber\u00e1n contratar o mantener los contratos, seg\u00fan corresponda, al menos un (1) trabajador con discapacidad adicional por cada 100 trabajadores.<br><\/p>\n\n\n\n<p>Las personas con discapacidad deber\u00e1n contar con la certificaci\u00f3n expedida por la entidad competente de conformidad con las disposiciones del Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>El empleador deber\u00e1 reportar ante el Ministerio del Trabajo los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad, dentro de los quince (15) d\u00edas siguientes a su celebrados.<\/li>\n\n\n\n<li>El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n dar\u00e1 lugar a las sanciones previstas en la Ley 1610 de 2013 y las normas que la modifiquen o complementen.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>CONTRATO DE APRENDIZAJE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los contratos de aprendizaje pasan a ser considerados contratos laborales, los cuales tienen un car\u00e1cter especial y a t\u00e9rmino fijo. Son especiales, puesto que el tiempo del contrato no podr\u00e1 ser superior a tres (3) a\u00f1os, y por esto el aprendiz recibir\u00e1 un apoyo de sostenimiento mensual:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a.<\/strong> Formaci\u00f3n dual (cuando se estudia y se trabaja simult\u00e1neamente): en este escenario el aprendiz recibir\u00e1 durante el primer a\u00f1o el equivalente al 75% de un salario m\u00ednimo y durante el segundo a\u00f1o el equivalente al 100% de un salario m\u00ednimo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b.<\/strong> Formaci\u00f3n tradicional: el aprendiz recibir\u00e1 en la fase lectiva el 75% de un salario m\u00ednimo y en la fase pr\u00e1ctica el 100% de un salario m\u00ednimo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>MODALIDADES DE TELETRABAJO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este proyecto de Ley trajo consigo la definici\u00f3n de cinco (5) modalidades de Teletrabajo y un auxilio de conectividad para los trabajadores que bajo alguna de estas modalidades devenguen menos de dos (2) salarios m\u00ednimos.<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>&#8211; Trabajo Aut\u00f3nomo: <\/strong>el teletrabajador puede escoger un lugar para trabajar para ejercer su actividad a distancia, de manera permanente, y solo acudir\u00e1 a las instalaciones f\u00edsicas del empleador ocasionalmente cuando este lo requiera.<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>&#8211;<\/strong> <strong>Teletrabajo M\u00f3vil:<\/strong> el teletrabajador no tiene un lugar de trabajo establecido.<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>&#8211; Teletrabajo H\u00edbrido: <\/strong>el teletrabajador labora m\u00ednimo dos o tres d\u00edas a la semana en su casa y el resto del tiempo en las instalaciones f\u00edsicas del empleador.<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>&#8211; Teletrabajo transnacional: <\/strong>el teletrabajador labora desde otro pa\u00eds y ser\u00e1 responsabilidad del empleador contar con un seguro que cubra al menor las prestaciones asistenciales en salud de su teletrabajador.<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>&#8211; Teletrabajo temporal o emergente: <\/strong>ser\u00e1n la modalidad en situaciones concretas como emergencias sanitarias o desastres naturales.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al auxilio de conectividad, el empleador otorgar\u00e1 un reconocimiento para los teletrabajadores que devenguen menos de dos (2)<br>salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes, esto en remplazo del auxilio de transporte.<\/p>\n\n\n\n<p>En Quarta estamos a tu disposici\u00f3n para ayudarte a entender los cambios legales y<br>asesorarte en la adopci\u00f3n de medidas que aseguren que tus pr\u00e1cticas laborales est\u00e9n<br>plenamente alineadas con la nueva normativa. No dudes en contactarnos para una explicaci\u00f3n detallada o para dise\u00f1ar estrategias espec\u00edficas adaptadas a tu organizaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Cont\u00e1ctanos y asegura el cumplimiento legal de tu empresa con confianza.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfQu\u00e9 cambios sustanciales trajo? Modalidades de Contrataci\u00f3n: Por regla general los contratos de trabajo ser\u00e1n a t\u00e9rmino indefinido, podr\u00e1n suscribirse trabajos a t\u00e9rmino fijo para la ejecuci\u00f3n de actividades ocasionales, accidentales, o transitorias; as\u00ed como tambi\u00e9n podr\u00e1n suscribirse contratos por obra o labor. El contrato a t\u00e9rmino fijo trajo consigo algunas redefiniciones. 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