Parámetros y Lineamientos del Trabajo en Casa Ley 2088 del 12 de mayo de 2021

14 mayo 2021
Parámetros y Lineamientos del Trabajo en Casa Ley 2088 del 12 de mayo de 2021

 

 

Por Lina Marcela Toro Hincapié

 

Buscando garantizar los derechos tanto de los trabajadores como de los empleadores, el Congreso Nacional reguló la habilitación del trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales que se presenten en el marco de una relación laboral, sin que esto implique cambios de las condiciones pactadas al inicio de la relación.

La Ley 2088 el 12 de mayo del 2021 definió el concepto de trabajo en casa como el permiso otorgado al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza de la relación laboral o legal y reglamentaria respectiva, ni desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo privilegiando el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.

De acuerdo con lo enunciado anteriormente, la Ley estableció algunos puntos importantes los cuales enunciamos a continuación:

  • Criterios aplicables al trabajo en casa: El Trabajo en Casa se regirá por los principios generales de relaciones laborales señalados en la ley y en la Constitución Política y adicional por los siguientes criterios:
    • Coordinación: Las funciones, servicios y actividades laborales deben desarrollarse de manera armónica entre el empleador y el trabajador con el objetivo de lograr los objetivos fijados.
    • Desconexión Laboral: Es la garantía y el derecho de todo trabajador a disfrutar de su tiempo de descanso, permiso, vacaciones, feriados y licencias. El empleador debe abstenerse de enviar requerimientos por fuera de la jornada laboral.
  • Elementos de la relación laboral en el Trabajo en Casa: Se mantienen para el empleador las siguientes facultades:
    • La facultad subordinante del empleador.
    • La supervisión de las labores del trabajador.
    • El empleador determina los instrumentos, la frecuencia y el modelo de evaluación del desempeño, cumplimiento de metas, así como el mecanismo para el reporte de resultados.
  • Jornada Laboral: Durante el tiempo que dure el trabajo en casa se mantendrán vigentes las normas previstas en el Código Sustantivo de Trabajo, en todo lo relativo al horario y la jornada laboral.
  • Término del Trabajo en Casa: El Trabajo en Casa tendrá un término de hasta tres (3) meses con la posibilidad de ser prorrogables por un período igual por una sola vez. Sin embargo, si las condiciones que dieron lugar al Trabajo en Casa persisten, se extenderá hasta que desparezcan esas condiciones. De igual modo, el empleador conserva la facultad de dar por terminado el Trabajo en Casa de manera unilateral, siempre y cuando desaparezcan las condiciones que dieron lugar a este.
  • Elementos de Trabajo: El trabajador podrá disponer de sus propios y equipos y herramientas para ejecutar sus labores, siempre y cuando medie acuerdo con el empleador. De lo contrario, el empleador debe suministrar los equipos.
  • Procedimientos necesarios para la implementación del Trabajo en Casa: Previo a la implementación del Trabajo en Casa, es necesario contar con un procedimiento tendiente a proteger este derecho y garantizar a través de las capacitaciones a que haya lugar el uso adecuado de las tecnologías.
  • Sobre los derechos salariales y prestacionales: Durante el tiempo que el trabajador preste sus servicios o desarrolle sus actividades bajo la habilitación de Trabajo en Casa, tendrá derecho a percibir los salarios y prestaciones sociales derivadas de su relación laboral. A quienes se les reconozca el auxilio de transporte en los términos de las normas vigentes, durante el tiempo que presten sus servicios bajo la habilitación de Trabajo en Casa, se le reconocerá este pago a título de auxilio de conectividad digital, esté auxilio no es acumulable con el auxilio de transporte.
  • Implementación del trabajo en casa: El Trabajo en Casa como habilitación excepcional no requerirá modificación al Reglamento Interno de Trabajo ni al Manual de Funciones, salvo que fuera necesario para el desarrollo de las labores.

En Quarta seguimos comprometidos con mantenerlos actualizados con las diferentes medidas implementadas por el Gobierno Nacional para mitigar la crisis generada por la propagación del COVID-19.

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