Reforma Pensional

10 December 2024
Reforma Pensional

ACCIÓN INMEDIATA REQUERIDA POR TUS EMPLEADOS

Hasta el 15 de enero de 2025 habrá plazo para que los empleados que estén afiliados a Colpensiones, ganen más de 2.3 salarios mínimos y no estén cobijados por el régimen de transición, elijan su administradora del componente complementario de ahorro individual (Accai).

¿Qué cambia con la reforma pensional?

Uno de los principales cambios de la reforma pensional aprobada a mediados de 2024, que entrará en vigencia el 1 de julio de 2025, es la eliminación de la existencia de regímenes independientes de cotización de pensiones (régimen de prima media con prestación definida -Colpensiones- y régimen de ahorro individual con solidaridad – Administradoras de Fondos Privados- ). Esto, a excepción de las personas que pertenecen al régimen de transición el cual se explicará más adelante.

Ahora, con el nuevo sistema, Colpensiones y las Administradoras de Fondos Privados colaborarán para administrar las cotizaciones de los trabajadores según sus ingresos y situación particular.

¿Cómo afecta esto a tus empleados?

Si alguno de tus empleados cotiza a Colpensiones, gana más de 2.3 salarios mínimos y no pertenece al régimen de transición deberá elegir una Administradora de Fondo Privado (ACCAI), para que sea esta quien administre el componente de sus aportes que no irá a Colpensiones.

Si tu empleado cotiza su pensión a un Fondo Privado, no deberá realizar acción alguna, pues dicho fondo donde ya cotiza será su ACCAI a partir de la entrada en vigencia de la reforma pensional.

¿Qué es un ACCAI?

Son administradoras del componente complementario de ahorro individual, lo que significa que serán los entes privados que administrarán los aportes de los trabajadores con ingresos superiores a 2.3 salarios mínimos.

Las ACCAI trabajarán de la mano con Colpensiones para administrar los aportes a pensiones y otorgar la pensión de vejez a los aportantes una vez cumplan los requisitos.

Requisitos para obtener la pensión

Semanas cotizadas: Se mantienen en 1.300 semanas.

Edad:

  • Mujeres: 57 años (aunque desde 2025, las semanas requeridas comenzarán a disminuir hasta llegar a 1.000 semanas en 2036).
  • Hombres: 62 años.

RÉGIMEN DE TRANSICIÓN

La nueva Ley define que permanecerán bajo las condiciones del régimen pensional actual (ley 100 de 1993) las mujeres que cuenten con 750 semanas cotizadas o más, y para el caso de los hombres, 900 o más semanas cotizadas al 30 de junio de 2025. Lo anterior quiere decir que a este grupo de personas no les aplicará la nueva reforma, por lo que no deberán elegir un ACCAI así solo coticen a Colpensiones.

Además, para aquellas personas que estén cobijadas por el régimen de transición, la Reforma les dará dos (2) años contados a partir de la promulgación de la Ley para llevar a cabo el traslado de Colpensiones a un Fondo Privado, aún cuando, al 16 de junio de 2024, falten menos de 10 años para obtener sus pensiones y se cumplan las semanas de cotización.

¿Quiénes deben elegir una Administradora de Fondo Privado (ACCAI)?

Si tu salario supera los 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV), equivalente a $2.990.000 para el año 2024, y cumples con los siguientes criterios, deberás elegir una Administradora de Fondo Privado antes del 16 de enero de 2025:

  • Estás afiliado a Colpensiones.
  • No perteneces al Régimen de Transición:
    • Mujeres con menos de 750 semanas cotizadas.
    • Hombres con menos de 900 semanas cotizadas.
    • Haces parte de la nueva Ley (Ley 2381 de 2024).

¿Qué sucede si no eliges?

Si no eliges una ACCAI, se te asignará una de manera automática. Esto afectará el manejo del excedente de tus cotizaciones que supere los 2.3 SMMLV.

Importante:

  • Si ya estás afiliado a una Administradora de Fondo Privado, no necesitas realizar esta elección nuevamente.
  • La elección de una Administradora te permitirá manejar de manera adecuada los aportes relacionados con los ingresos superiores al umbral de 2.3 SMMLV.

¿Qué hacer?

Revisa tu situación actual, verifica si cumples con los criterios y realiza tu elección antes de la fecha límite para evitar asignaciones automáticas.

Les recordamos que si es de su interés establecer una directiva anticipada que le permita preparar cualquier contingencia futura, en Quarta estamos dispuestos a prestarle un acompañamiento integral en la elaboración del documento, explicándole de forma concreta las situaciones y cláusulas que debe de tener en cuenta a la hora de preparar este acto.

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